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Información Relevante para los Usuarios de Servicios Financieros

Tasas activas CFT / TNA / TEA

Tasas activas de Plazo Fijo

Atención al Usuario Financiero

Comisiones y cargos aplicables al Usuarios de Servicio Financiero

Garantía de los depósitos:

“Los depósitos en pesos y en moneda extranjera cuentan con la garantía de hasta $ 25.000.000. En las operaciones a nombre de dos o más personas, la garantía se prorrateará entre sus titulares. En ningún caso, el total de la garantía por persona y por depósito podrá exceder de $ 25.000.000, cualquiera sea el número de cuentas y/o depósitos. Ley 24.485, Decreto Nº 540/95 y Com. "A" 2337 y sus modificatorias y complementarias. Se encuentran excluidos los captados a tasas superiores a la de referencia conforme a los límites establecidos por el Banco Central, los adquiridos por endoso y los efectuados por personas vinculadas a la entidad financiera."

En caso de que se presente alguna de las situaciones citadas en último lugar, corresponderá colocar en forma visible en el frente de los documentos la siguiente leyenda: “Depósito sin garantía" (ver Nota).

NOTA: Exclusiones - se considerarán depósitos sin garantía:

- Los depósitos a plazo fijo transferibles cuya titularidad haya sido adquirida por vía de endoso, aun cuando el último endosatario sea el depositante original.

- Los depósitos a la vista en los que se convengan tasas de interés superiores a las de referencia y los depósitos e inversiones a plazo que superen 1,3 veces esa tasa o la tasa de referencia más 5 puntos porcentuales – la mayor de ambas. Las tasas de referencia son difundidas periódicamente por el Banco Central de la República Argentina por medio de Comunicaciones "B", determinadas según el promedio móvil de los últimos cinco días hábiles bancarios de las tasas pasivas que, para los depósitos a plazo fijo de hasta $ 100.000 (o su equivalente en otras monedas), surjan de la encuesta que realiza el Banco Central de la República Argentina. También quedarán excluidos cuando esos límites de tasa de interés fueran desvirtuados por incentivos o retribuciones adicionales.

- Los depósitos de entidades financieras en otros intermediarios, incluidos los certificados de plazo fijo adquiridos por negociación secundaria.

- Los depósitos efectuados por personas vinculadas, directa o indirectamente, a la entidad según las pautas definidas en el punto 2.2. de las normas sobre "Fraccionamiento del riesgo crediticio"

- Los depósitos a plazo fijo de títulos valores, aceptaciones o garantías.  Los saldos inmovilizados provenientes de depósitos y otras operaciones excluida.

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